Region 4 - Alliance Agreement (Spanish) - March 15, 2016


ACUERDO QUE ESTABLECE UNA ALIANZA
ENTRE
LA OFICINA REGIONAL DE ATLANTA
DE LA ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL,
DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Y
EL CONSULADO GENERAL DE HONDURAS EN ATLANTA, GEORGIA


La Oficina Regional de Atlanta de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América y el Consulado General de Honduras en Atlanta, Georgia, en adelante denominados individualmente “el Participante” y conjuntamente “los Participantes”;

Reconociendo el compromiso conjunto de proteger el bienestar de los trabajadores hondureños en los Estados Unidos, reconocidos en la Carta de Arreglo entre la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Honduras, firmada en Washington, D.C., el 11 de junio de 2012; y efectivo por tres años, y la intención de continuar este compromiso conjunto en una nueva Carta de Arreglo; y

Reconociendo que el Programa de Alianza de OSHA prevé el establecimiento de relaciones de cooperación para fines tales como la capacitación y la educación, difusión y comunicación, y para promover un diálogo nacional sobre la seguridad y la salud en el trabajo;

Se proponen establecer una Alianza para lograr lo siguiente:

Objetivo General

Los Participantes desean establecer una relación de colaboración con el fin de ofrecer a los nacionales hondureños en la Región IV de OSHA información, orientación y acceso a recursos educativos y de capacitación con miras a promover los derechos de los trabajadores a la protección de su seguridad y salud, particularmente en lo referente a la prevención de la exposición a los peligros de caídas, amputaciones, riesgos de la apertura de zanjas y excavaciones, y los riesgos eléctricos, y ayudarlos a entender los derechos de los trabajadores y las responsabilidades de los empleadores al amparo de la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional (OSH Act).

Capacitación y Educación

Los Participantes desean establecer una relación de colaboración con el fin de alcanzar las siguientes metas de entrenamiento y educación:

  • Preparar programas de entrenamiento y educación para Nacionales hondureños en la Región IV de OSHA sobre los temas de la prevención de la exposición a los riesgos de caídas, amputaciones y los de la apertura de zanjas y realización de excavaciones, además de los riesgos eléctricos.
  • Preparar programas de entrenamiento y educación para Nacionales hondureños en la Región IV de OSHA a fin de promover la comprensión de los derechos de los trabajadores y las responsabilidades de los empleadores, como usar el proceso de quejas de la OSHA.

Extensión y Comunicación

Los Participantes desean trabajar conjuntamente para lograr las siguientes metas de extensión y comunicación:

  • Dar discursos, realizar exposiciones o presentarse en las conferencias, reuniones locales u otros eventos de los Participantes, tal como la Semana de Derechos Laborales.
  • Participar en las actividades y los eventos del “Consulado Móvil”.

Promoción de un Diálogo Nacional

Los Participantes tienen la intención de trabajar conjuntamente para lograr las siguientes metas relacionadas con la promoción de un diálogo nacional sobre la seguridad y la salud en el lugar de trabajo:

  • Compartir información sobre leyes y normas aplicables de los EE.UU., incluyendo los derechos de los trabajadores y las responsabilidades de los empleadores al amparo del OSH Act.

Un grupo de implementación, integrado por representantes de cada Participante, tiene la intención de reunirse para elaborar un plan de acción, determinar los procedimientos de trabajo y establecer las funciones y responsabilidades de los Participantes. Además, los Participantes tienen el propósito de reunirse por lo menos tres veces al año con fines de seguimiento e intercambio de información sobre las actividades y los resultados en torno al logro de los objetivos de la Alianza. Nada de lo dispuesto en el presente Arreglo compromete a los Participantes a erogar recursos monetarios.

Este Arreglo se inicia una vez firmado por los dos Participantes. El presente Arreglo tiene por objeto suspender dos (2) años después de la fecha de su firma. El Participante que tenga la intención de dar por terminado el presente Arreglo procurará notificar por escrito al respecto con treinta (30) días de antelación. El presente Arreglo podrá modificarse por escrito en cualquier momento mediante el consentimiento mutuo de los Participantes.

Firmado en Atlanta, Georgia, el día 15 de marzo del 2016, en duplicado, en los idiomas inglés y español.

POR LA ADMINISTRACIÓN DE
SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
DEL DEPARTAMENTO DE TRABAJO,
REGIÓN DE ATLANTA:

 


Kurt A. Petermeyer
Administrador Regional
Administración de Seguridad y Salud Ocupacional

POR EL CONSULADO DE HONDURAS
EN ATLANTA, GEORGIA

 

 


Maria Fernanda Rivera Fiallos
Cónsul General de Honduras
Atlanta, Georgia